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La visión económica  local e internacional en el contexto

Se debe buscar más escala o integrar la cadena, hay que empezar a pensar estratégicamente, agregar valor al producto, pero no quedarse en lo que se tiene, hay que ganar porción de mercado, porque este mercado va a crecer.

El economista Salvador Di Stéfano, titular de la Consultora de Economía y Negocios, de Rosario, explicó en forma clara y comprensible, el panorama económico internacional actual y el contexto que nos ha llevado a la presente situación, así como el probable devenir de este año.


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Los problemas dentro de una organización familiar sobrevienen cuando menos se los espera, la mejor estrategia es prepararse para cuando emerjan, porque ninguna empresa puede esquivarlos


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De acuerdo al programa ya establecido el martes 20 de marzo pasado, se realizó en los salones de Altos del Mirador, la Jornada de Proveedores y Mayoristas “CONTEXTO COMERCIAL 2012”, organizada por CADAM, Cámara Argentina de Distribuidores y Autoservicios Mayoristas.


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FOROS FEDERATIVO DE CAPACITACION

TUCUMAN 
5 de Junio de 2012
En el Hotel Catalinas Park - Av.Soldati 380 S.Miguel de Tucumán - Pcia.Tucumán
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MARZO 2012

Boletín del Área Donante de Alimentos de la Fundación Banco de Alimentos.

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Noticias del Canal Mayorista
Visión del contexto económico

La visión económica  local e internacional en el contexto

Se debe buscar más escala o integrar la cadena, hay que empezar a pensar estratégicamente, agregar valor al producto, pero no quedarse en lo que se tiene, hay que ganar porción de mercado, porque este mercado va a crecer.

El economista Salvador Di Stéfano, titular de la Consultora de Economía y Negocios, de Rosario, explicó en forma clara y comprensible, el panorama económico internacional actual y el contexto que nos ha llevado a la presente situación, así como el probable devenir de este año.




Nielsen presentó los resultados del estudio “Confianza Global del Consumidor en línea” al cuarto trimestre de 2011
  • La Confianza Global del Consumidor creció 1 punto (89) en el último trimestre de 2011. 
  • En Europa el índice cayó en 24 de los 27 países incluidos en el reporte. 
  • Seguridad de empleo y economía son las principales preocupaciones para gran parte de los latinoamericanos. 

 

La confianza del consumidor a nivel mundial subió a 89 en el cuarto trimestre del año pasado, 1 punto más en comparación con el trimestre previo. Europa es la región con mayor caída, en 24 de los 27 mercados medidos disminuyó la confianza del consumidor, indica la encuesta global de la confianza del consumidor realizada por Nielsen, líder global en información y medición de lo que los consumidores ven y compran.




CHACO: Aprobaron Ley de Descanso Dominical

 

CHACO: APROBARON LEY DE DESCANSO DOMINICAL
La Cámara Argentina de Supermercados (CAS) y la Federación Argentina
de Supermercados y Autoservicios (FASA), expresaron su satisfacción por la
sanción de la Ley de Descanso Dominical en la provincia del Chaco. La norma
sancionada el miércoles por la Cámara de Diputados provincial, prohíbe, en
toda la provincia del Chaco, la apertura de comercios de venta de bienes y/o de
prestación de servicios los días domingos y feriados nacionales.
La medida regirá en forma plena a partir de los 270 días de su vigencia. Hasta
ese momento, los negocios podrán abrir hasta las 13 hs.
CAS y FASA destacaron la importancia de la Ley que reconoce el derecho
de quienes trabajan en el comercio a disponer del descanso dominical, tan
tradicional en nuestra cultura y manifestaron la necesidad de que una medida
similar se aplique a nivel nacional.
Prolongado debate
La iniciativa cosechó 18 votos positivos, en tanto que seis legisladores votaron
para que permaneciera en cartera, mientras que el diputado Jorge Varisco
se abstuvo. Tras la sanción de la ley se produjo un cuarto intermedio donde
los legisladores pudieron saludar a los trabajadores mercantiles que se
encontraban en la Legislatura provincial apoyando la ley.
Para los días 24 y 31 de diciembre, desde las 13 horas y hasta las 24 horas del
día 25 de diciembre y 1 de enero, también regirá la prohibición de apertura de
establecimientos comerciales de ventas de bienes y/o prestación de servicios.
De esta manera, los trabajadores gozarán del descanso dominical, beneficio
por el cual venían luchando desde hace mucho tiempo, razón por la cual
un nutrido grupo de dirigentes y empleados del comercio acompañaron y
esperaron la sanción de esta ley frente al edificio legislativo y desde la barra del
recinto, y durante el debate aplaudían a los legisladores que se manifestaban a
favor y abucheaban a los que se expresaban en contra.
Las excepciones
Paralelamente establece que quedan excluidos de la limitación establecida en
el artículo precedente: Los establecimientos comerciales que sean atendidos
exclusivamente por sus titulares o familiares directos. Los denominados
quiscos, que no superen los 25 m2 metros cuadrados de superficie. Los
establecimientos ubicados en las estaciones terminales de cualquier medio
de transporte. La recepción, distribución y venta de diarios, periódicos y
revistas. Los establecimientos que presten servicios velatorios y de sepelio.
Las farmacias. Se suspenderá el trabajo regulado como Servicio Nocturno
Voluntario, quedando plenamente vigente para los días domingos el Servicio en
Turno Nocturno Obligatorio, en las condiciones establecidas por la autoridad de
aplicación. Los establecimientos que presten servicios esenciales tales como
de salud, transporte, hotelería, telecomunicaciones y venta de combustibles.
Los establecimientos de venta de pan, pastelería y repostería, comidas
preparadas, restaurantes, bares, los denominados videos clubes, florerías,
como así también los destinados a esparcimiento tales como teatros, cines,
juegos infantiles, circos y otros. Los establecimientos como minimercados,
shop, minishoping, que no superen los 100 m2 metros cuadrados. Los
mercados de abasto o concentración de carnes, aves y huevos, pescados,
legumbres y frutas.
Esta enumeración es meramente enunciativa, pudiendo la autoridad de
aplicación establecer un nomenclador de las actividades excluidas, siempre
que no contradigan lo estipulado en la presente.
Sanciones
En caso de incumplimiento de la presente, se aplicarán las siguientes
sanciones: Multa de hasta 20 salarios mínimos vital y móvil, atendiendo
su capacidad económico-financiera y/o a la condición de reincidente de
la infracción, cuyo valor será estipulado por el órgano de aplicación de la
presente.
En caso de reincidencia, a partir de la cuarta infracción, se impondrá la
clausura de oficio por parte del inspector actuante del establecimiento por el
término de hasta 10 días corridos.
La norma determina que el órgano de aplicación de la presente serán: la
Subsecretaría de Trabajo, dependiente del Ministerio de Gobierno, Justicia,
Seguridad y Trabajo y la Subsecretaría de Comercio Interior del Ministerio de
Economía, Industria y Empleo.
Por otra parte establece que en un plazo de 90 días de promulgada la
presente, se deberá conformar una comisión integrada por legisladores,
Cámara empresarial del sector y Organizaciones sindicales del sector, el cual
tendrá por objetivo gestionar ante los poderes Legislativos de las provincias del
NEA, el dictado de normas similares de la presente.


La Cámara Argentina de Supermercados (CAS) y la Federación Argentinade Supermercados y Autoservicios (FASA), expresaron su satisfacción por lasanción de la Ley de Descanso Dominical en la provincia del Chaco. La normasancionada el miércoles por la Cámara de Diputados provincial, prohíbe, entoda la provincia del Chaco, la apertura de comercios de venta de bienes y/o deprestación de servicios los días domingos y feriados nacionales.
La medida regirá en forma plena a partir de los 270 días de su vigencia. Hastaese momento, los negocios podrán abrir hasta las 13 hs.




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